Herencia digital: sin una ley específica, el tema plantea interrogantes
El lastre digital dejado por una persona también puede ser reclamado por sus herederos. El mantenimiento de memorias en páginas de internet y blogs ha crecido considerablemente en las últimas décadas. Además, es posible tener perfiles rentables en plataformas digitales, adquirir NFTs y criptomonedas. Sin embargo, el mismo problema puede presentarse en estos casos: ¿qué destino se le dará a dicha información y contenido cuando el titular fallezca? En otras palabras: ¿cómo será el patrimonio digital?
Todavía no regulada en Brasil, a pesar de la existencia de proyectos de ley en tramitación, la herencia digital involucra activos digitales e intangibles propiedad de particulares. La preocupación por la regulación también implica el acceso a los activos, a menudo protegidos por contraseñas conocidas sólo por el titular de las cuentas, explica la abogada Caroline Pomjé, socia del área de Familia y Sucesiones de Silveiro Advogados. “Una fortuna digital puede volverse inaccesible si el difunto no ha dejado la clave de acceso privada, por ejemplo. Los debates sobre el tema son incipientes, con muchas variables que hay que tener en cuenta, como la voluntad del titular del patrimonio digital, las condiciones de uso de las diferentes plataformas e incluso el derecho a la privacidad de terceros”, analiza el especialista.
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El abogado explica que los bienes digitales pueden tener contenido económico, como es el caso de las criptomonedas, componiendo la esfera patrimonial de su titular. Además de este ámbito económico, los bienes digitales también pueden tener un carácter existencial, vinculado a un ámbito afectivo, como es el caso de las cuentas mantenidas en las redes sociales. Finalmente, las dos esferas pueden coexistir sobre un mismo bien: se trata de los llamados bienes digitales híbridos, en relación con los cuales la transferencia es más compleja.
“La amplitud del posible patrimonio digital es considerable. Quienes están en el universo online muy probablemente ya sean titulares de situaciones jurídicas que, en el futuro, se convertirán en patrimonio digital. Ya sea una cuenta de red social, un correo electrónico o un espacio ‘nube’ con fotos y videos. En todos estos casos, tenemos ejemplos de bienes digitales con contenido existencial. El perfil de la red social, sin embargo, puede ser utilizado para publicitar la actividad profesional del titular, lo que lleva a su caracterización como un activo digital híbrido”, explica el especialista.
Derechos de terceros
Algunos perfiles permanecen activos incluso después de la muerte de su titular, e incluso es posible considerar generar ingresos manteniendo su monetización. Una de las grandes incógnitas que envuelve el tema radica en cómo operacionalizar la eventual transmisión a los herederos sin lesionar los derechos de un tercero.
“¿Podrían los sucesores acceder directamente a ese perfil? ¿Sería posible que un heredero acceda a la cuenta aunque el causante no lo autorice expresamente? ¿Cómo conciliar este posible acceso con el derecho a la intimidad de terceros? ¿Un perfil cerrado en una red social lo puede abrir un sucesor o eso también lesionaría la autonomía de los que han fallecido?”, se pregunta.
“Ante tantos interrogantes, vale la pena reflexionar sobre el destino de los activos digitales -patrimoniales, existenciales e híbridos- que mejor servirían a sus intereses. A pesar de la falta de una regulación específica, existen mecanismos que pueden ayudar a la organización previa, como la planificación de la sucesión y la toma de opciones directamente en las plataformas que mantienen los perfiles virtuales”, concluye Pomjé.
Aclaración: La información y/u opiniones emitidas en este artículo no representan necesariamente los puntos de vista o la línea editorial de Cointelegraph. La información aquí expuesta no debe ser tomada como consejo financiero o recomendación de inversión. Toda inversión y movimiento comercial implican riesgos y es responsabilidad de cada persona hacer su debida investigación antes de tomar una decisión de inversión.
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