En España, la CNMV realizará una consulta con miras a regular la actividad publicitaria vinculada a criptomonedas
En España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) emitió un comunicado titulado “Consulta pública previa circular sobre publicidad de criptoactivos“, con diversas puntualizaciones. Es así que la CNMV invita a enviar comentarios, en particular los vinculados a aspectos que se prevén regular en la futura Circular sobre publicidad de criptoactivos.
Se podría decir que el organismo, antes de hacer circular la consulta general, ha elegido compartir un documento en el que plantea una serie de interrogantes sobre la regulación de la publicidad de las criptomonedas.
“Este trámite es previo al trámite de consulta pública habitual que la CNMV realizará sobre una propuesta concreta de texto articulado de la citada Circular. El plazo para el envío de comentarios por parte de los interesados para esta consulta previa finaliza el próximo 16 de abril de 2021”, explicaron desde la CNMV. Los comentarios se pueden enviar al correo electrónico fintech@cnmv.es
“Los comentarios que se reciban serán publicados una vez concluido el periodo de consulta pública previa. Si alguien no desea que sus comentarios, ya sea total o parcialmente, se hagan públicos, deberá manifestarlo expresamente en su propia respuesta e identificar adecuadamente, en su caso, qué parte no desea que se haga pública. A estos efectos, las advertencias genéricas de confidencialidad incluidas en los mensajes de correo electrónico no serán consideradas como una manifestación expresa de que no se desea que los comentarios remitidos se pongan a disposición del público”, detallaron.
A manera de introducción, desde la CNMV recordaron que la disposición final segunda del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, con el fin de reforzar la protección del inversor, ha incluido un nuevo artículo 240 bis en el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores (LMV), para otorgar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) competencias con el fin de sujetar a control administrativo la publicidad de criptoactivos u otros activos e instrumentos presentados como objeto de inversión, con una difusión publicitaria comparable, aunque no se trate de actividades o productos previstos en la LMV.
También indicaron que se habilita a la CNMV a desarrollar mediante Circular el ámbito objetivo y subjetivo, así como los mecanismos y procedimientos de control que se aplicarán.
“En este sentido, y haciendo uso de la habilitación concedida directamente a la CNMV en el artículo 240 bis LMV, se va a proceder a elaborar una Circular que delimite el ámbito de aplicación así como las facultades de la CNMV en materia de supervisión y control de la publicidad de criptoactivos”, especificaron.
Consulta Pública
Según la explicación de la CNMV, la consulta persigue recabar la opinión de las personas especialmente afectadas por la futura norma y de las organizaciones más representativas acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
Para conocer el comunicado completo y amplicar información al respecto, se puede ingresar aquí.
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