¿Cuáles son más implicaciones legales de realizar audiencias en el metaverso?
En Colombia el 15 de febrero se realizó la primera audiencia en el metaverso. Durante cerca de 3 horas la magistrada María Victoria Quiñones llevó a cabo el espacio, que tuvo lugar en Horizon Workrooms. Expertos en el tema compartieron sus opiniones sobre el uso de estas tecnologías en el campo judicial con BeInCrypto.
La primera audiencia en el metaverso se realizó en Colombia. La cita fue el miércoles 15 de febrero de 2023 en el metaverso Horizon Workrooms, espacio en el que se reunió el grupo de participantes a través de sus respectivos avatares. Quienes no contaron con el equipamiento respectivo, es decir con las gafas de realidad aumentada, pudieron participar usando la app web en su computador, por medio de videollamada.
Durante el proceso, la magistrada Maria Victoria Quiñones, quien aceptó la solicitud que le formuló la parte demandante dentro de un proceso que se adelanta contra el Ministerio de Defensa, la Policía Nacional y la Nación, aseguró que realizar la audiencia a través de este medio no vulneraba el debido proceso judicial. Lo anterior lo justificó debido a que el metaverso es concebido como una herramienta tecnológica, y está contemplado en la legislación colombiana.
“En el despacho accedimos a que se realizara esta audiencia inicial en el metaverso […] El fundamento principal que hemos tenido es que el metaverso funcioma básicamente a través de un intercambio constante de mensajes de datos, porque se vale de medios electrónicos, en este caso ópticos, para generar la información que se acompaña en este entorno virtual. Por supuestos esto está a la luz de la definición prevista en el literal A del artículo segundo de la Ley 527 de 1999.
En virtud de los principios que siempre hemos respetado en estas clases de audiencias, el principio de equivalencia funcional y el principio de la neutralidad tecnológica, son los que hacen posible el desarrollo legal de esto. Por esos dos principios no es posible pensar que realizar una audiencia en el metaverso signifique una violación al debido proceso.
[…] El metaverso constituye una herramienta tecnológica que puede facilitar el acceso a la administración de justicia”
En las últimas semanas Colombia ha sido noticia por dos casos relacionados con el uso de nuevas tecnologías y la administración de justicia. La primera tiene que ver con el juez Juan Manuel Padilla García, quien decidió utilizar la ayuda de la conocida herramienta de inteligencia artificial de ChatGPT para resolver un caso de tutela. Y la segunda desde luego, está relacionada con la audiencia que se realizó en el metaverso el pasado 15 de febrero.
Los dos hechos han generado bastante polémica entre expertos debido a su pertinencia, pues su uso es permitido jurídicamente.
En el caso de la audiencia en el metaverso, existen ciertas apreciaciones por parte de diferentes actores jurídicos de Colombia respecto a la validez, la necesidad y la pertinencia de utilizar estos espacios virtuales para realizar este tipo de audiencias.
Por ejemplo, la profesora de derecho de la Universidad de Los Andes en Colombia, Lorena Florez, indicó en su cuenta oficial de Twitter que aunque los jueces están abiertos al uso de las tecnologías en los procesos judiciales, es necesario que determinen ciertos criterios para la elección y el uso de las herramientas.
“El uso de herramientas está soportado pero como APOYO. Es decir, una herramienta más, dentro de la diversidad que pueden usar […] se busca un uso responsable de la tecnología. Me gustaría saber en este caso las implicaciones en términos de tiempo, conectividad y costos de tener una audiencia de este tipo. Para entender el ‘valor agregado’, más allá de seguir una tendencia”
En palabras de Florez, para la adopción de herramientas digitales se debe hacer una evaluación consciente de la necesidad, y de ser necesario, conocer las herramientas que existen, y la justificación del por qué se ha decidido ir por una herramienta y no otra.
Por su parte, el phD Juan David Gutiérrez Rodríguez, profesor asociado en la Universidad del Rosario e investigador sobre gobernanza de la inteligencia artificial, puso en tela de juicio la realización de esta audiencia en el metaverso, y las implicaciones que tiene para la equidad.
Además, para Gutiérrez, es preocupante que los jueces consulten y transcriban a ChatGPT como si fuera un oráculo que ofrece respuestas confiables que no requieren ser contrastadas con otras fuentes.
“Mal ejemplo ofrece magistrada del Tribunal Administrativo del Magdalena que motivó parte de su sentencia con respuestas de ChatGPT sin contrastar con fuentes confiables y que dispuso realizar un audiencia en un entorno virtual sin consideración de acceso a justicia”
En BeInCrypto hablamos con Juan Pablo Salazar, Head of Legal & Regulatory en Ripio y abogado conferencista en temas tecnológicos, de ciberseguridad y de IA, aseguró que aunque el uso de la tecnología para la justicia es indispensable para la gestión de los asuntos judiciales en un mundo y un país cada vez más digital, es necesario tomar decisiones adecuadas sobre el uso de determinadas tecnologías.
“La pregunta a resolver es si es adecuado usar tecnologías emergentes, como la inteligencia artificial en los casos o procesos judiciales. Una respuesta fácil y rápida da como resultado un sí rotundo, pero esto no implica que se deba aplicar este tipo de tecnologías en el 100% de los casos, y sin control humano. Debemos usar la tecnología por el valor agregado que produce, y bajo un debido conocimiento y control humano, no por moda”
Para Salazar, pese a que es legalmente posible realizar una audiencia en el metaverso, lo que está en duda no es la legalidad del acto en sí, sino su utilidad y conveniencia. Justamente esta afirmación se respalda con el hecho de que es mucho más simple realizar una audiencia virtual en una plataforma de videoconferencia, que hacerlo en un metaverso.
“¿Es útil realizar audiencias en el metaverso? Mi respuesta es no, dado que impersonaliza la administración de la justicia y la vuelve caricaturezca. No debemos olvidar que los humanos nos movemos tanto en el mundo físico como en el digital, pero en el mundo digital no implica que toda la justicia deba trasladarse al metaverso. Por el momento no es necesario, dada su poca masificación y costos en el acceso.
Respecto al uso de herramientas como ChatGPT para emitir sentencias, Salazar aseguró que la IA puede legalmente emplearse en los procesos judiciales, pero esto debe hacerse con cautela.
“Siempre deben tenerse en cuenta las reglas de ética de la IA en la gestión de los procesos judiciales. No simplemente copiar y pegar las soluciones. Se requiere que se revisen por los humanos la aplicación de IA que se implemente en la justicia”
Juan Pablo Salazar también comentó que, desde 1991 en la reglamentación de la tutela se permite que cualquier ciudadano pueda interponer tutelas de manea informar y usando cualquier medio de comunicación que se manifieste por escrito.
Lo anterior significa que, quienes quieran podrían interponer tutelas en el metaverso, siempre y cuando esa interacción legal se traduzca en un medio escrito que sirva de valor probatorio para este tipo de acción constitucional.
“En la actuañidad manejar la administración de justicia requiere un cambio trascendental y debe motivarse a través de su digitalización. Lamentablemente, no se han dado los pasos para lograrlo: hoy, tenemos 3 sistemas información de procesos, no se tiene control de procesos, de flujos y de alertas para los procedimientos para cada proceso, las notificaciones electrónicas deben trascender de ser un mero mensaje de email, igualmente, no se aplica la interoperabilidad entre los mismos juzgados”
Salazar asegura que hay muchos avances tecnológicos en Colombia, pero se necesita más voluntad para implementarlos de forma adecuada en la justicia. Los recursos de hardware y software ya los ha comprado el Estado, por lo que se requiere una mayor implementación.
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