Abogado Víctor Castillejo: “El mercado de los criptoactivos ya se encuentra maduro como para intentar algunas regulaciones”
Victor Atila Castillejo Arias es abogado y se desempeña como asociado en AJ Law Advogados. Conversamos con él sobre las criptomonedas y posibles regulaciones, sobre todo en Argentina.
Fernando Quirós (FQ): Recientemente iniciaste un Habeas Data colectivo contra el Banco Central de la República Argentina. ¿Podrías contarnos algunos detalles sobre esta iniciativa y a qué se debe?
Victor Atila Castillejo Arias (VC): La motivación de este Habeas Data es sencillamente hacer cumplir los derechos de privacidad, intimidad y protección de nuestros datos personales.
Recientemente se viralizó una imagen en Twitter que mostraba cómo el BCRA (Banco Central de la República Argentina) se encontraba pidiendo información a las entidades financieras a efectos de crear una base de datos de todas aquellas personas que hayan “operado” con criptoactivos. Esto implica, en mi opinión, un entrometimiento en el ámbito privado de las personas que es intolerable en un estado de derecho.
La confección de este tipo de listas y/o bases de datos tienen un potencial discriminatorio muy alto. Es por esa razón que tenemos leyes como la Ley de Protección de Datos Personales, que otorga a los titulares de esos datos ciertos derechos. En este caso, el BCRA no se encuentra respetando esos derechos. No se ha cumplido con el principio de finalidad (que el dato sea recolectado con un propósito determinado) e información (que los titulares de esos datos sepamos por qué razón se están cediendo) y mucho menos con el principio de consentimiento. En este último caso, muchas veces las autoridades públicas hacen uso de la excepción del inc. b, del párrafo 2 del Art. 5 de la Ley de Protección de Datos que establece que el consentimiento no es necesario cuando la autoridad pública busca cumplir con sus funciones públicas.
En mi opinión, no es función del BCRA vigilar activamente las transacciones individuales que hagan las personas con criptoactivos y/o con cualquier otro activo que forme parte de su patrimonio. Eso es sencillamente un método ilegítimo de vigilancia masiva.
El BCRA debe velar por la estabilidad monetaria y el adecuado cumplimiento de la ley de entidades financieras. En ningún lado de la Carta Orgánica del BCRA surge que este deba vigilar o monitorear ningún tipo de transacción.
Con el desarrollo de las nuevas tecnologías, y el potencial de inferencias a través de análisis de inteligencia artificial y la llamada “big data”, muchas veces relativizamos derechos humanos básicos que tenemos como personas.
La intención de este Habeas Data es precisamente intentar poner en valor esos derechos. Comprar y/o vender criptoactivos no tiene nada de malo. Por lo tanto, no hace falta monitorear nada al respecto.
Si su intención es regulatoria (como dice la nota que se filtró), más allá de la discusión de si el BCRA puede o no puede regular algo de esto, entonces de nada le sirve identificar a los individuos que hayan “operado” con criptoactivos. Hay otra alternativa menos invasiva que es sencillamente pedir los datos estadísticos. No los datos de los individuos.
Dicho esto, hay que ver si el juez decide certificar la clase para que la acción avance como colectiva. De lo contrario cada uno de los usuarios de criptoactivos que no quiera que sus datos vayan directo al BCRA, deberán iniciar su propia acción individual.
FQ: ¿Qué opinas de los intentos de regulación de criptomonedas? ¿Es algo factible? ¿Es necesario?
VC: A mi criterio, el mercado de los criptoactivos en general ya se encuentra maduro como para intentar algunas regulaciones. Especialmente para establecer algunos derechos y/o obligaciones que acomoden algunas asimetrías que se dan en todo mercado incipiente.
Muchas veces, cuando hablamos de regulación tenemos posturas bipolares como “regulación si” o “regulación no”. Creo que hay que entender que las criptomonedas y demás criptoactivos no existen “a pesar” de la regulación. Existen “gracias a” la regulación.
Por ejemplo, veamos la Constitución Nacional. Sin ella, seguramente todavía estaríamos discutiendo cuestiones mundanas y básicas. Gracias a ella pudimos desarrollarnos en un ámbito de, por ejemplo, igualdad ante la ley, división de poderes, y pudimos desarrollarnos económicamente pudiendo mirar hacia otros mercados.
Con respecto a la factibilidad, yo haría un pequeño ejercicio y trataría de imaginar el famoso “estado de naturaleza” Hobbesiano donde el “hombre es el lobo del hombre”. ¿Qué cosas valoraríamos en ese estado de naturaleza? ¿Un activo inmaterial que puede transferirse a través de internet? Yo creo que no. Lo que valoraríamos serían otras cosas, mucho menos interesantes pero que hacen a nuestra existencia inmediata.
Por eso no creo que la discusión sea “regulación si” o “regulación no”. Es una cuestión de grado. En este sentido, yo no veo a la regulación como algo necesariamente malo.
Una mala regulación puede tener malas consecuencias. Por el contrario, una buena regulación puede ser super importante para que la industria florezca como todos queremos que lo haga.
Por último, también es necesario desterrar la idea de que es necesario una sola regulación que involucre absolutamente todos los aspectos habidos y por haber que pueden tocar los criptoactivos. Se puede hacer eso (con muchísimo cuidado), o podemos hacer un trabajo más pausado y arrancar de a poco, dependiendo de dónde se generen estas asimetrías de las que hablaba al principio.
FQ: En Argentina existen algunas iniciativas para la regulación. ¿Crees que es algo que se debatirá en el Congreso con la seriedad que requiere?
VC: Yo creo (y deseo) que si. Sé que han habido muchos proyectos dando vueltas, pero por ahora el único que se encuentra presentado es el 6055-D-2020 de fines del año pasado. Ya tuve la oportunidad de hacer algunos comentarios al mismo (se pueden ver en detalle igresando aqui).
Si bien creo que el debate será serio, es necesario también advertir que la materia de Bitcoin, Blockchain y de “criptoactivos” toca muchas áreas del derecho. Por lo tanto se debe ser muy cuidadoso en la discusión.
Lo otro a tener en cuenta es que esta tecnología aparece en un contexto donde las nuevas tecnologías ya nos presentan un montón de desafíos que todavía ni nos hemos sentado a discutir.
FQ: ¿Qué potencial le ves a las criptomonedas?
VC: Un potencial muy grande. Sin embargo, suscribo a la teoría de la conocida economista venezolana Carlota Pérez en cuanto a que la Cadena de Bloques es una tecnología revolucionaria (entre otras) pero no representa una “Revolución Tecnológica” en su esquema.
FQ: ¿El sector fintech y el sector crypto pueden ayudar a reactivar económicamente la región latinoamericana?
VC: Definitivamente. Latinoamérica es tierra fértil para cualquier tecnología revolucionaria.
FQ: ¿Hay países como Argentina, donde cada vez hay más impuestos? ¿Esto limita el crecimiento de los sectores fintech y crypto?
VC: El problema, a mi criterio, no es tanto el impuesto sino lo que se hace con él. Mientras sigamos teniendo índices de corrupción altos y una inadecuada administración de recursos, entonces seguiremos limitando el crecimiento no solo de este sector en particular sino de todo el resto. Dicho esto, la pandemia del virus sars-cov-2 ha movido definitivamente el tablero. No me siento cómodo midiendo lo que sucede hoy en día en materia económica con la vara pre-pandemia.
De todas maneras, creo que las industrias fintech y crypto han estado bastante protegidas de todo lo que ha sucedido. Esperemos que eso siga así.
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