La Comisión de Bolsa y Valores de Estados Unidos emite una carta de abstención sobre el proceso condensado de liquidación de activos digitales
La Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (SEC) dio un gran paso hacia la racionalización de la liquidación de valores de activos digitales al condensar el proceso previo de cuatro pasos en tres, en un intento de reducir el riesgo operativo para los corredores de bolsa.
La SEC emitió una carta de abstención el 25 de septiembre, declarando que no penalizará a ningún corredor o agente que opere un sistema de trading alternativo (ATS) que comercialice valores de activos digitales, si se adhieren a las nuevas directrices.
Según el regulador, varios ATS quieren seguir un modelo simplificado en casos en los que no hay custodia de los activos negociados. La mayoría de los ATS siguen un proceso de cuatro pasos: primero, el comprador y el vendedor envían las órdenes al ATS, segundo, el ATS coteja las órdenes, tercero, el ATS notifica al comprador y al vendedor sobre la operación cotejada, y por último, la transacción se liquida bilateralmente, ya sea entre ellos o a través de sus custodios.
Pero la Autoridad Reguladora de la Industria Financiera (FINRA) pidió más claridad sobre este proceso en los casos en que el corredor o agente no puede tomar la custodia física del activo.
Algunos corredores o agentes consideraron que este modelo de cuatro pasos los exponía a demasiado riesgo. Los ATS pidieron que se les permitiera agilizar el proceso. De acuerdo con la carta de abstención, este proceso implicaría:
Paso 1: el comprador y el vendedor envían sus respectivas órdenes al ATS, notifican a sus respectivos custodios sus respectivas órdenes presentadas al ATS, e instruyen a sus respectivos custodios a liquidar las transacciones de acuerdo con los términos de sus órdenes cuando el ATS notifica a los custodios una coincidencia o cotejo en el ATS;
Paso 2: el ATS coteja las órdenes;
Paso 3: el ATS notifica al comprador y al vendedor y a sus respectivos custodios sobre la operación cotejada y los custodios llevan a cabo las instrucciones condicionales.
Los corredores o agentes, según el párrafo (b) de la Regla 15c3-3 de la SEC (la Regla de Protección al Cliente) deben “obtener y mantener la posesión física o el control de todos los valores pagados en su totalidad o en exceso de margen que lleve un corredor o agente por cuenta de los clientes”. La regla protege a los clientes de pérdidas o retrasos en el acceso a sus valores en caso de que el ATS falle. Pero esto se hace difícil cuando se trata de activos digitales.
La SEC dijo que los corredores o agentes que elijan el modelo racionalizado no se enfrentarán a ninguna acción de aplicación en relación con la Regla de Protección al Cliente. La carta señala que los corredores o agentes que buscan implementar este proceso han abordado las preocupaciones sobre su función de custodia al señalar que funcionan con un mínimo de 250,000 dólares de capital, y que informan claramente a sus clientes que el corredor o agente no puede garantizar o asumir la responsabilidad de la liquidación de las operaciones. También han explicado que se aseguran de contar con procedimientos para evaluar el registro de los security tokens en la SEC y que los activos cumplen con la ley federal.
Sin embargo, el regulador dejó claro que la carta de abstención “se dirige únicamente a un ATS que negocia valores de activos digitales en las circunstancias expuestas en esta carta y no se dirige de otra manera a la custodia o control de los valores de activos digitales por parte del corredor o agente”.
Aunque la carta expresa la opinión del personal de la SEC sobre la aplicación de la ley, y no es una determinación legal, es una indicación más de que la supervisión regulatoria de los activos virtuales se está refinando y matizando.
La SEC se ha centrado más en la regulación de los activos digitales en los últimos años y durante todo el mandato del presidente Jay Clayton.
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